La marca como derecho de propiedad industrial.

En el mercado actual las marcas constituyen un elemento crítico de la estrategia empresarial. Por ello es importante comprender qué es una marca, qué protección otorga a su titular, la forma en la que se pueden registrar y los ámbitos de vigencia de los distintos tipos de marcas.

Con esta entrada vamos a intentar despejar algunas de las dudas más básicas y frecuentes que se plantean a la hora de analizar si debemos o no obtener este derecho de propiedad industrial.

¿Qué es una marca?

La marca puede ser definida como derecho de la propiedad industrial cuyo objetivo principal es distinguir los productos o servicios de una empresa de los productos y servicios de otras empresas. De esta manera cuando un empresario pone su signo sobre un producto éste puede ser percibido como un producto diferente de otros productos iguales o similares y permite a los consumidores identificarlos, escogiendo los que se adapten a sus preferencias y gustos.

Así, las marcas se convierten en un pilar de la libre competencia entre los empresarios mejorando la eficiencia general del mercado en beneficio de los consumidores.

¿Para qué sirve una marca?

De lo explicado en la anterior pregunta podemos deducir varias funciones de las marcas. En primer lugar, las marcas sirven para diferenciar los productos o servicios de las empresas. Además, las marcas permiten a los consumidores conocer la empresa que ha producido el producto o que está prestando el servicio. Así los consumidores pueden escoger los productos o servicios que utilizan una marca ya conocida aunque sean nuevos con lo que se favorece la introducción de productos y servicios en el mercado.

La marca también puede ser un método para indicar la calidad de un producto o servicio ya que la marca es un mecanismo para condensar la reputación de un productor. Como veremos existen marcas de garantía que van a tener por objeto indicar una calidad, un manera de producir o una procedencia geográfica del producto que va a resultar extremadamente útil tanto para el empresario como para el consumidor.

¿Qué tipos de marca existen?

Actualmente se pueden clasificar las marcas de diferentes formas aunque su protección sea prácticamente la misma. En primer lugar hay que hacer referencia a la estructura del signo en sí mismo. Si acudimos al artículo 2 del Reglamento de la Ley de Marcas podemos ver como existen, entre otras, marcas denominativas, figurativas, tridimensionales, marcas de color, marcas de patrón, marcas de posición, sonoras, holográficas, multimedia y marcas de movimiento.

También podemos distinguir entre marcas individuales y marcas colectivas y de garantía. La diferencia esencial es que en las marcas colectivas lo que se protegen son los productos y servicios de una asociación de productores, por lo tanto, puede ser usada por una pluralidad de empresarios. La marca de garantía se utiliza para certificar ciertas características comunes de los productos pudiendo ser utilizada por todos aquellos empresarios que cumplan con dichas características.

Finalmente en función de su ámbito de protección territorial se puede hablar de marcas nacionales, de la marca de la UE y de las marcas internacionales. Las primeras son otorgadas por la Oficina Española de Patentes y Marcas. Las segundas se conceden por la EUIPO, que es una agencia de la UE, cuya sede se encuentra en Alicante y las últimas son concedidas por la OMPI siendo solicitadas a través de la Oficina Nacional (en el caso español, a través de la OEPM).

¿Cómo se registra una marca?

En el caso de las marcas españolas, el procedimiento de registro está recogido en la Ley de Marcas. Tras la presentación de la solicitud se produce un examen de admisibilidad y de forma cuya función es determinar:

  • Si la solicitud puede obtener fecha de presentación
  • Si se ha pagado las tasas pertinentes.
  • Si la solicitud cumple los requisitos formales.
  • Si el solicitante está legitimado.

Si la solicitud cumple con todos los requisitos se realizará un examen de licitud para cumplir con lo establecido en el artículo 5.1.f. Esto pretende evitar que se publiquen marcas que sean contrarias al orden público y a las buenas costumbres. Si se supera este examen se procederá a la publicación en el BOPI y, en función de las disponibilidades técnicas se puede realizar una búsqueda de anterioridades que se comunicará a aquellos titulares de marcas y nombres comerciales anteriores que puedan verse afectados por la solicitud.

Tras la publicación se abre un periodo importante para el registro de la marca que es el periodo de oposiciones. Determinados individuos podrán oponerse al registro de la marca en base a diferentes motivos que veremos en otra entrada. Este periodo será de 2 meses desde la publicación en el BOPI.

Finalmente se realizará un examen de fondo donde la OEPM decidirá en función de los defectos identificados durante el procedimiento si se concede o no el registro de la marca.

En YL Abogados podemos ayudarle a registrar su marca, en nuestro despacho llevamos a cabo:

  • Informes previo sobre viabilidad del registro.
  • Solicitud y tramitación de marcas.
  • Representación en oposiciones.
  • Renovación de marcas.